Muchos profesionales critican los plazos,la falta de régimen sancionador, o la heterogeneidad en los criterios para el número de registro.
Desde el 1 de julio de 2025 ha sido puesto en vigor el Registro Único de Arrendamiento. Todos los propietarios que oferten sus viviendas de alquiler de corta duración en plataformas online deberán disponer de un número de registro que deberá aparecer en su anuncio.
Esta medida, tan llena de buenas intenciones y basada en iniciativas europeas, ha provocado no pocas polémicas en el sector inmobiliario. Es importante el control de los pisos turísticos, pero muchos profesionales critican los plazos, muy precipitados, la falta de concreción en el régimen sancionador, o la heterogeneidad en los criterios de concesión de las licencias y el número de registro. Heterogeneidad tanto territorial como en lo que respecta a los criterios de discriminación. No existe homogeneidad y se están negando licencias sin ninguna justificación entendible.
Uno de los problemas fundamentales del procedimiento establecido es la falta de recursos y tiempo para atender la gran cantidad de solicitudes que sobrevienen de forma precipitada.
En Europa se proponían estas medidas para 2026, pero España se ha precipitado en los